miércoles, 7 de octubre de 2009

AULAS TEMPORALES DE ADAPTACIÓN LINGÜÍSTICA

(Orden de 15 de Enero de 2007, por la que regulan las medidas y actuaciones a desarrollar para la atención del alumnado inmigrante y, especialmente, las Aulas Temporales de Adaptación Lingüística)


Las Aulas Temporales de Adaptación Lingüística (ATALs), o las aulas puente, son un recurso educativo a corto y medio plazo para responder a las necesidades de comunicación inmediata de los alumnos y alumnas inmigrantes al llegar a un centro. Ayudan a disminuir y encauzar temporalmente el efecto del choque cultural, quedando claro que esta problemática deber ser abordada globalmente en el marco del centro educativo y en las aulas en las que el alumnado inmigrante se integrará definitivamente.

Se trata de programas de enseñanza-aprendizaje del español como lengua vehicular, vinculados a profesorado específico, que facilitan la integración del alumnado inmigrante en el centro y su incorporación a los ritmos y actividades de aprendizaje propios del nivel en que se encuentran escolarizados en función de su edad y competencia curricular.

Los objetivos del programa de Aulas Temporales de Adaptación Lingüística se concretan en:

- Facilitar la atención específica del alumnado inmigrante con desconocimiento del español con un programa singular que apoye la adquisición de competencias lingüísticas y comunicativas.
- Permitir la integración de este alumnado en el entorno escolar y social en el menor tiempo posible y con garantías de progreso en el aula ordinaria.

Las funciones del profesorado de las Aulas Temporales de Adaptación Lingüística son:

a) Enseñar la lengua española con la suficiencia necesaria para la correcta integración del alumnado inmigrante en su entorno escolar y social.
b) Atender las dificultades de aprendizaje relacionadas con el desconocimiento del idioma español en el alumnado ATAL.
c) Facilitar la integración del alumnado en su entorno escolar y social, potenciando sus habilidades y fomentando su participación en las actividades organizadas por los propios centros y por la comunidad.
d) Colaborar con las Jefaturas de Estudios de los centros atendidos en la necesaria coordinación con el resto del profesorado.
e) Colaborar con el profesorado encargado de las tutorías en el mantenimiento de la comunicación con las familias del alumnado atendido en el Aula Temporal de Adaptación Lingüística.
f) Facilitar al profesorado de los centros atendidos orientaciones metodológicas y materiales sobre la enseñanza del español como segunda lengua.
g) Elaborar las respectivas programaciones de las ATALs que formarán parte del Plan de Orientación y Acción Tutorial de los centros.
h) Elaborar un Informe del alumnado atendido y cumplimentar la carpeta de seguimiento de cada uno de ellos con la documentación básica de su asistencia al programa y su evaluación.
i) Elaborar una Memoria al final del curso, que será incluida en la Memoria Final del Centro, en la que se recogerá el alumnado atendido, la valoración del cumplimiento de los objetivos previstos y la evaluación de las actuaciones desarrolladas.

El programa esta destinado al alumnado inmigrante con desconocimiento del idioma español como lengua vehicular escolarizado a partir del Segundo Ciclo de la Educación Primaria y hasta el final de la Educación Secundaria Obligatoria.

El profesorado encargado de la tutoría, con la asistencia de los profesionales de la orientación, deberá realizar una exploración inicial con el fin de conocer el nivel de competencia lingüística (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas) del alumnado inmigrante matriculado en el centro.

La Jefatura de Estudios, asesorada por los profesionales de la orientación y de la interculturalidad (profesorado ATAL), coordinará la labor de detección, acogida y evaluación psicopedagógica y curricular y, junto al profesorado, indicará la pertinencia de las asistencia del alumnado al programa.

Los aspectos organizativos del programa se pueden concretar en:

- Realización dentro o fuera del aula ordinaria.
- La asistencia a grupos de apoyo organizados fuera del aula ordinaria ocupará un máximo de 10 horas en Educación Primaria y de 15 horas en Educación Secundaria.
- El número de alumnos y alumnas por grupo no excederá de doce.
- El período ordinario de permanencia en un grupo de apoyo será de un curso escolar (excepcionalmente dos cursos con autorización de la Inspección Educativa).


Trabajo realizado por Nicoletta Suciu durante el curso 2007/08 en el ATAL de Loja (Granada).










Cuadernos de Pedagogía, Octubre 2009, nº394

Experiencias Primaria: "El cuento intercultural" de José Rodríguez Ruiz.



Texto íntegro del artículo en:

http://www.cuadernosdepedagogia.com/ver_detalleArt.asp?idart=13168&action=ver&idmsg=3&goto=http%3A%2F%2Fwww%2Ecuadernosdepedagogia%2Ecom%2Fver%5Fpdf%2Easp%3FidArt%3D13168





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